Cada vez que haces frente a impuestos de tu vivienda, debes tener en cuenta el valor catastral de la misma. Sin duda, uno de los datos más importantes y que condicionará el resto de pagos durante el año.
En definitiva, es el resultado de la aplicación de los criterios de evaluación que se recogen en la ponencia de valores de cada municipio. Para determinarlo se tendrán en cuenta una serie de componentes:
— La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y su aptitud para la producción.
— El valor de la construcción, del suelo y del mercado de la vivienda.
— Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción.
— El carácter histórico-artístico del edificio.
— La calidad y la antigüedad edificatoria.
— Las características y el estado de conservación del edificio, reformas y uso.
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
3. Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía municipal).
4. Impuesto sobre Patrimonio (IP).
5. Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).
6. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
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